Predios agrícolas por debajo de $24.123.736 quedarán exentos de contribuciones
En el caso del reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, la ley indica que cada año el Servicio de Impuestos Internos debe reavaluar las propiedades de estas características que se ubican en áreas urbanas. De un total de 120.310 predios de este tipo reevaluados, cerca de 22 mil son predios fiscales.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.325 sobre Impuesto Territorial, el 1 de enero de 2020 entró en vigencia el proceso de reavalúo para bienes raíces agrícolas de todo el país.
Este proceso, que debe realizarse cada cuatro años, en esta oportunidad coincide con la actualización de los avalúos de los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, indicó el SII.
El servicio explicó que el reavalúo consiste en un proceso de diferentes etapas que culmina en una actualización de los avalúos o valores fiscales individuales de las propiedades. Este nuevo valor sirve de base para determinar las propiedades gravadas o exentas del pago del impuesto territorial, más conocido como contribuciones.
Según el SII, estos nuevos avalúos son determinados en un proceso técnico, velando por mejorar la equidad tributaria y disminuir distorsiones entre el valor fiscal vigente y los precios de mercado de los bienes raíces, ya que la tasación fiscal corresponde a la base imponible para el cálculo del impuesto territorial.
Durante este año, el total de predios reavaluados en ambos procesos corresponde a 1.068.353, de un total de 8.028.169 que existen en el país. De los predios reavaluados, 948.043 son predios agrícolas y 120.310 corresponden a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros.
En conjunto con cada proceso de reavalúo, se define además el valor exento, bajo el cual los predios no pagan contribuciones, el cual a partir del 1 de enero de 2020 será de $24.123.736, lo que deja un total de 773.352 predios agrícolas exentos de este tributo, y un 18,4% afectos a él.
REAVALÚO DE SITIOS NO EDIFICADOS
En el caso del reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, la ley indica que cada año el Servicio de Impuestos Internos debe reavaluar las propiedades de estas características que se ubican en áreas urbanas.
Estas fueron informadas al SII por las distintas municipalidades durante 2019, de acuerdo con las modificaciones establecidas en la Ley N° 21.078 sobre Transparencia del Mercado del Suelo e Impuesto al Aumento de Valor por Ampliación del Límite Urbano.
Del total de 120.310 predios de este tipo reevaluados, alrededor de 22 mil corresponden a predios fiscales. Asimismo, un poco más de 80 mil predios se ven afectos a la sobretasa de sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, por corresponder a predios de este tipo que se encuentran ubicados dentro del radio urbano, pero fuera de la zona de extensión urbana. Son eximidos de esta sobretasa, los predios que no tienen acceso a disponer de agua potable y alcantarillado.
El proceso de reavalúo se inició con la firma y publicación en sii.cl de la Resolución Exenta SII N° 144 y N° 145, ambas del 31 de diciembre de 2019, y la publicación en el sitio web del SII de un portal informativo, que irá recogiendo gradualmente la información del mismo.
Próximamente, una vez publicado el IPC de diciembre de 2019, se encontrarán disponibles los certificados de avalúo fiscal que recogen la actualización de los valores individuales de los predios vigentes a partir del 1 de enero de 2020 y, en una etapa posterior, una vez definidas las tasas del impuesto, se iniciará la distribución de cartas a contribuyentes con la actualización de valores de avalúos y contribuciones, los que también se publicarán en sii.cl.
Fuente: http://lanacion.cl/