INTEGRANTES COMITÉ DE ÉTICA Y DISCIPLINA PERIODO 2024-2024

NELLY GAJARDO ROJAS

            Presidente

MARISOL LOYOLA MEDEL

            Secretaria

NORMA CID MUÑOZ

            Integrante

FUNCIONES DEL COMITÉ DE ÉTICA Y DISCIPLINA

Corresponde al Comité de Ética y Disciplina de COPROCH A.G. velar por el estricto cumplimiento de los principios ético, el debido prestigio y la conveniente seguridad que debe rodear las fuciones de confianza propias a las actividades de los Corredores de Propiedades, Gestores inmobiliarios, administradores de Condominios, Asesores y Tasadores Inmobiliarios Asociados a COPROCH A.G., en sus relaciones con los clientes, otros asociados, colegas de actividad no asociados y con el publico en general que acude a solciitar sus servicios.
Corresponde además al señalado comité velar por la unidad gremial, la integridad patrimonial y el prestigio de la Asociación.

¿QUIÉNES PUEDEN DENUNCIAR?

Cualquier asociado a COPROCH A.G., cualquier colega de actividad no asociado, cualquier particular o el Presidente de COPROCH, con acuerdo de los dos tercios de los Directores en ejercicio, podrá dennciar a un socio o grupo de socios de la Institución, mediante una presentación escrita que contendrá una relación de los hechos y la infracción de la cual serían constitutivos.

FACULTADES DEL COMITÉ DE ÉTICA Y DISCIPLINA

Para el cumplimiento de las funciones señaladas, el Comité de Ética y Disciplina esta facultado para juzgar y sancionar toda conducta de un asociado o grupo de asociados que lesione los principios señalados precedentemente o que vulnere la unidad gremial, afecte el patrimonio de la Asociación o dañe el prestigio institucional, en conformidad a la Ley, estos Estatutos y el Reglamento de ëtica y Disciplina, que se tiene como integrante dle mismo y que es conocido y aceptado por todos los asociados.

INFRACCIONES

El Comité de Ética y Disciplina esta facultado para juzgar y sancionar toda conducta de un asociado o grupo de asociados que incurran en acciones u omisiones voluntarias, que importen infracciones a sus obligaciones de tales, conforme a lo señalado en la Ley, estos estatutos y en el Reglamento de ética y Disciplina, según la siguiente escala de atención a la gravedad de las mismas:
  • Infracciones leves.
  • Infracciones graves.
  • Infracciones gravísimas.
Todas estas contenidas detalladas en el Titulo Séptimo Artículo Quincuagésimo sexto de los Estatutos de Coproch A.G.